Periodo de prueba
El periodo de prueba es la etapa inicial de un contrato de trabajo donde, el empleador evaluará al nuevo trabajador, sus aptitudes y su capacidad para desenvolverse en el puesto laboral pero, además, es una posibilidad para el trabajador de poder apreciar el ámbito laboral y las tareas que deberá llevar a cabo. La LCT establece que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado está sujeto a un período de prueba de 3 meses.
¿Qué derechos tiene el trabajador durante el periodo de prueba de un contrato?
Durante el período de prueba la persona trabajadora tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla.
¿Qué pasa si se despide a una persona durante el periodo de prueba?
Cuando la empresa decide despedir a un trabajador durante el periodo de prueba, no se lo tendrá que indemnizar , salvo que su contrato indique lo contrario.
¿Cómo funciona el contrato a prueba?
Según el artículo 92 bis de la ley de contrato de trabajo es por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros tres meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización con motivo de la extinción.
El período de prueba se regirá por las siguientes reglas:
- Un empleador no puede contratar a un mismo trabajador, más de una vez, utilizando el período de prueba.
- Se considerará abusiva la conducta del empleador que contratare sucesivamente a distintos trabajadores para un mismo puesto de trabajo de naturaleza permanente.
- El empleador debe registrar al trabajador que comienza su relación laboral por el período de prueba.
- Las partes tienen los derechos y obligaciones propias de la relación laboral, con las excepciones que se establecen en este artículo..
- Las partes están obligadas al pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
- El trabajador tiene derecho, durante el período de prueba, a las prestaciones por accidente o enfermedad del trabajo. También por accidente o enfermedad inculpable
- El período de prueba, se computará como tiempo de servicio a todos los efectos laborales y de la Seguridad Social.